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Régimen Simplificado de CABA: Bonificación para Sujetos con Discapacidad

A partir del 9 de mayo de 2025, se ha introducido una nueva bonificación en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos (RSIB) en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Este beneficio está destinado a los contribuyentes con discapacidad que están inscriptos en este régimen, permitiéndoles acceder a una bonificación del 50% sobre su obligación tributaria.

La Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) reglamentó esta medida mediante la Resolución 193/25, la cual se fundamenta en el artículo 181 del Código Fiscal. Este artículo faculta al Ministerio de Hacienda y Finanzas a aplicar una bonificación de hasta el 50% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cumpliendo con las condiciones que la reglamentación establezca.

El beneficio de bonificación debe ser solicitado a través de la página web del organismo

Condiciones para Obtener la Bonificación

Para acceder a este beneficio, los contribuyentes deben cumplir con ciertas condiciones. En primer lugar, no deben registrar obligaciones adeudadas en el tributo. La Resolución 194/25 de la cartera económica estipula que cada cuota se beneficiará con una bonificación del 50%.

Procedimiento de Solicitud

El procedimiento para solicitar el reconocimiento de la bonificación no es automático; debe ser gestionado por el contribuyente a través del Sistema de Tickets en la página de la AGIP. Para ello, es necesario seleccionar el trámite correspondiente, Solicitud de Beneficio por discapacidad para inscriptos en RSIB.

Los solicitantes deben presentar la siguiente documentación al iniciar el trámite:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante.
  • Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente.

Una vez presentada la documentación, la AGIP procederá a analizar la solicitud y la situación fiscal del contribuyente, comunicando la decisión sobre el reconocimiento del beneficio conforme a lo establecido en el artículo 40 del Código Fiscal.

Vigencia del Beneficio

Si se aprueba la bonificación, esta permanecerá vigente desde la fecha de la solicitud hasta el vencimiento del Certificado Único de Discapacidad (CUD). En caso de que el beneficiario necesite renovar su CUD, deberá repetir el proceso para solicitar nuevamente la bonificación.

Este tipo de iniciativas son fundamentales para apoyar a los contribuyentes con discapacidad, garantizando su inclusión y bienestar dentro del sistema fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Rafael Cockell

Administrador, con posgrado en Marketing Digital. Aproximadamente 4 años de experiencia en redacción de contenidos para la web.

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